DESTINATARIOS DE LA COBERTURA
Personas físicas o jurídicas propietarias u operadores de VANT con las siguientes características:
-Cualquiera sea se peso máximo certificado de despegue.
-Uso recreativo, comercial, científico, deportivo, seguridad, etc
COBERTURA BÁSICA:
Responsabilidad Civil :Mantener indemne al asegurado y/o persona (piloto de mando) que con su autorización opere el VANT por cuanto deba un resarcimiento a un tercero por los daños causados por ese vehículo piloteado a distancia o por la carga que transporte en condiciones reglamentarias, tanto por lesiones y/o muerte de terceros como por daños materiales a cosas de terceros
Coberturas Adicionales: Daños y robo del equipo, transporte de carga
SUMAS ASEGURADAS:
Cuando sea utilizado con fines comerciales, científicos, deportivos, seguridad, entretenimiento cualquiera sea su peso máximo de despegue y cuando su uso sea con fines recreativos y su peso máximo de despega sea mayor a los 5 kilogramos, la suma asegurada no podrá ser inferior a la establecida por el artículo 160 del Código Aeronáutico de DOS MIL ARGENTINOS ORO
Cuando sea utilizado con fines recreativos, y su peso máximo de despegue sea inferior o igual a los 5 kilogramos podrá requerirse una suma asegurada distinta a la mencionada. Consultar por los montos mínimos y máximos disponibles
FRANQUICIA:
-Cuando es utilizado con fines comerciales, científicos, deportivos, seguridad, entretenimiento se estable una franquicia del 10% sobre la suma asegurada
-Para uso recreativo se conviene una franquicia del 10% sobre el monto indemnizatorio con un mínimo del 1% y un máximo del 5% sobre la suma asegurada.
EN AMBOS CASOS SE PUEDE CONSULTAR POR OTRAS ALTERNATIVAS DE FRANQUICIAS, INCLUIDA LA OPCIÓN SIN FRANQUICIA.
REQUISITOS DE CONTRATACIÓN:
-Completar el formulario emitido para tal fin
-Constancia de inscripción del VANT en el registro de aeronaves
-Autorización como miembro de la tripulación remota emitida por la ANAC
-Autorización para su operación emitida por la ANAC
No se requiere inspección previa del riesgo, salvo que se contrate la cobertura adicional daños/robo del equipo.